I. RESPECTO A LA EXCLUSIÓN JURÍDICA Y DE SEGURIDAD
II. RESPECTO A LA EXCLUSIÓN ECONÓMICA.
III. RESPECTO A LA EXCLUSIÓN SOCIAL y CULTURAL
IV. RESPECTO A LA EXCLUSIÓN TERRRITORIAL, RURAL Y AMBIENTAL.
I. RESPECTO A LA EXCLUSIÓN JURÍDICA Y DE SEGURIDAD
Cumplimiento de las Normas del Derecho Internacional Humanitario por todos los actores involucrados en el conflicto armado, respetando de manera específica a todas las mujeres, sin distinción de etnia, credo, edad, orientación sexual, posición política, social, económica ni de ninguna otra índole, teniendo presente las siguientes consideraciones:
No involucrar las mujeres, menores de edad, niñas y niños en el conflicto armado; prohibición del reclutamiento forzado de mujeres y hombres.
Reubicación de las guarniciones militares y las sedes de los organismos de seguridad del Estado, en sitios donde no pongan en peligro la población civil.
Desmilitarización total de la vida civil, en el campo, la ciudad, los territorios indígenas y en las comunidades afro-descendientes.
Medidas Estatales de prevención y erradicación de las violaciones a los DDHH de las mujeres. Respeto a la integridad, libertad y dignidad humana de las mujeres tanto de parte del Estado como de los actores del conflicto armado.
Reconocimiento de facultades a las autoridades indígenas y autoridades estatales del orden local y regional para llegar a acuerdos humanitarios en zonas de conflicto armado, conducentes a la protección de los DDHH y territoriales de mujeres, hombres y menores de edad, donde las mujeres participen activa, directa y autónomamente.
Realización de Acuerdos Humanitarios para el intercambio de personas retenidas y secuestradas.
Prohibición del uso de armas no convencionales y bombardeos indiscriminados
Respeto absoluto de los actores armados al ámbito privado de las mujeres: prohibición de la invasión a sus viviendas; prohibición de intervenir en los conflictos familiares y comunitarios. Prohibición de la esclavitud doméstica y sexual de mujeres y niñas; prohibición a la intervención en las decisiones afectivas de las mujeres.
Respeto a los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y menores por parte de los actores armados.
Prohibición de la utilización del cuerpo de las mujeres y las niñas como botín de guerra: ni acoso, ni abuso, ni violación sexual, ni esclavitud sexual.
Urgencia de que las cortes nacionales e internacionales investiguen y sancionen a todos los responsables de las infracciones del Derecho Internacional Humanitario contra las mujeres y las violaciones a sus Derechos Humanos. Exigencia de verdad, justicia y reparación para todas las mujeres y sus familias, víctimas del conflicto armado.